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TOP DE PUNTA ARENAS CONDENA A 12 AÑOS Y 183 DÍAS Y 818 DÍAS DE PRESIDIO A AUTOR DE HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES

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El Tribunal de Juicio Oral de Punta Arenas condenó hoy –lunes 24 de julio- a Hernán Andrés Barría Legue a la pena de cumplimiento efectivo de 12 años y 183 días de presidio, accesorias legales y el pago de las costas de la causa, en calidad de autor del delito consumado de homicidio. Ilícito perpetrado en diciembre de 2021, en local nocturno.

En fallo unánime (causa rol 69-2023), el tribunal –integrado por los jueces Julio Álvarez Toro (presidente), Guillermo Cádiz Vatcky (redactor) y Jaime Álvarez Astete– condenó, además, a Barría Legue a 818 días de reclusión efectiva, como autor del delito consumado de lesiones graves.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable que pasadas las 03:30 horas de la madrugada del 25 de diciembre de 2021, “(…) Barría Legue se dirigió, en compañía de otro sujeto, hasta el local Private ubicado en calle Errázuriz 476 de esta ciudad, lugar donde ocuparon una mesa, contigua a otra en la que se encontraban las víctimas Matías Alonso Muñoz Maturana y Felipe Andrés Villanueva Vivanche”.

“En esas circunstancias y mientras se mantenían sentados a sus respectivas mesas, la víctima Matías Muñoz y el imputado Hernán Barría Legue comenzaron a proferirse expresiones y a efectuarse gestos para provocarse, hasta que en un momento ambos se pusieron de pie, situándose frente a frente, instante en que se dieron un par de empujones, procediendo el imputado Barría Legue a extraer un cuchillo tipo mariposa que llevaba en su pantalón”, añade el fallo.

En dicho contexto, el condenado propinó diversas estocadas a la víctima, Matías Muñoz Maturana, “(…) –causándole, entre otras lesiones, dos heridas cortopunzantes en la región abdominal, una herida cortopunzante en la región intercostal y una herida penetrante en la cara posterior del hombro–, tras lo cual la víctima se desplomó, intentando afirmarlo su acompañante, Felipe Villanueva Vivanche, quien de igual forma fue agredido por el imputado con una estocada que le ocasionó una herida penetrante torácica complicada, un hemotórax y un hematoma pulmonar, debiendo ser asistido y trasladado hasta el hospital clínico, donde recibió tratamiento médico oportuno, que permitió salvarle la vida”.

A consecuencia de las lesiones, Muñoz Maturana murió en el lugar debido a un shock hipovolémico, pese a la llegada del Samu, que intentó prestarle atención médica; en tanto, Villanueva Vivanche resultó con lesiones carácter grave.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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