Chile

Seremi de gobierno valora registro nacional de deudores de pensiones de alimentos

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Esta semana, el Presidente Sebastián Piñera, promulgó la ley que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, un paso importante en lo que respecta a hacer justicia a madres, niños, niñas y adolescentes.

En el Registro estarán aquellas personas que adeuden tres mensualidades de pensión de alimentos consecutivas, o cinco discontinuas. La ley establece que, al solicitar el deudor un crédito bancario por una suma igual o superior a 50 UF, la entidad financiera retendrá parte de los fondos para pagar la deuda. Además, durante el proceso de devolución de impuestos, la Tesorería también retendrá parte del dinero que se adeude.

En caso de que el deudor venda un inmueble o su vehículo, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil, respectivamente, podrán inscribir el traspaso, solo en la medida que se les acredite que con las ganancias se pagarán los alimentos.

Ante este anuncio, el seremi de Gobierno, Ricardo Hernández, valoró que “es un hecho que esta Ley le hará muy difícil la vida a los padres que por años han evadido su responsabilidad con sus propios hijos. Más allá de ver esto como un castigo, es importante entender que se debe reforzar la corresponsabilidad parental en el cuidado, manutención y crianza de los niños, niñas y adolescentes, es decir, ellos tienen que cumplir”.

Otro aspecto que considera este Registro es que no se les otorgarán a los deudores licencias de conducir ni pasaportes, a menos que se acredite frente al tribunal la necesidad de tales documentos.

“El no pago de la pensión de alimentos por parte de los padres alcanza la cifra del 84%, por ende es un profundo problema social al que como país debíamos hacer frente. Sin duda son medidas duras, pero justas y necesarias para lograr que las pensiones de alimentos se paguen oportunamente, terminando así con la impunidad actual”, dijo el seremi.

El nuevo registro electrónico será administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Los tribunales deberán informar mensualmente el número de cuotas y monto adeudado para actualizar el registro de deudores.

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