Chile

Seremi Fernández destacó trascendentales reformas a la justicia civil y nombramientos de jueces de anuncio presidencial

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Grandes reformas estructurales al sistema judicial y procesal chileno de hoy, para entregar un mayor y mejor acceso a la Justicia para todos, es la aspiración de dos importantes iniciativas de ley anunciadas este viernes por el Presidente de la República, Sebastián Piñera Echenique, y el Ministro de Justicia y DD.HH., Hernán Larraín Fernández: la Reforma Procesal Civil y el proyecto de un nuevo Sistema de Nombramientos de Jueces.

El Secretario Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos, Cristóbal Fernández Jofré, valoró la importancia de estos anuncios, al ser un objetivo principal de su cartera el reformar el sistema procesal de justicia civil –el cual data de hace más de un siglo-, a través de un proceso moderno y eficaz. De ahí que el Ejecutivo reanudara la tramitación legislativa del proyecto de Código Procesal Civil, iniciada en el primer gobierno del Presidente Sebastián Piñera, a través de una propuesta perfeccionada.

Subrayó que antes de la pandemia del Covid-19, más de la mitad de las causas ingresadas a tribunales (57%) fueron conflictos referidos a justicia civil, tan comunes como incumplimientos de contratos, negligencias médicas, deudas impagas por arriendo, cobro de gastos comunes, facturas impagas y particiones de herencias o liquidaciones de sociedades conyugales. Pese a ser el sistema de justicia más usado, indicó que es el menos moderno –al igual que en el resto de Latinoamérica-, derivando muchos de estos casos en procedimientos extensos, engorrosos y, usualmente, de bajo recupero.

Aquí, Fernández resaltó que la Reforma Procesal Civil apunta a un sistema judicial eficiente y eficaz, con un “nuevo paradigma” en la resolución de los conflictos civiles, no sólo basado en nuevos procedimientos y una nueva organización de los tribunales, sino que centrado fundamentalmente en el acceso real de las personas a la justicia.

Destacó innovaciones en este sentido como un sistema gratuito de mediación; una unidad de atención de público, que orientará sobre alternativas de solución ante un determinado problema, incluso cuando no requiera asistencia letrada para comparecer en juicio; un juez para el ciudadano, a cargo de un procedimiento simple en caso de no lograrse acuerdo en la mediación y conflictos de bajos montos (hasta 40 UTM), sin necesidad de abogado.
Mencionó además la existencia de un procedimiento oral, por audiencias, que garantizará la relación directa de los jueces con las partes y la prueba, con plazos breves para dictar sentencias y trámites más reducidos; y, asimismo, la ejecución provisoria de las sentencias, como regla general, con un sistema recursivo más acotado, lo que permitirá acotar los tiempos de tramitación de las causas. Adicionalmente, se establecen una serie de mecanismos que refuerzan el rol que le compete a la Corte Suprema en la unificación de jurisprudencia, resguardando con ello la igualdad ante la ley.
Asimismo, consagra un nuevo modelo de ejecución, que permitirá separar las labores jurisdiccionales (magistrado) de las administrativas (Unidad de Tramitación Civil), potenciando la incorporación de tecnología en la realización de los bienes a través del embargo online y las subastas judiciales electrónicas. Ello, sin obviar la incorporación de un procedimiento especial de liquidación de comunidades y juicios de partición (de hasta 2.000 UTM), y vías remotas para la realización de determinadas actuaciones y diligencias.
MEJORAS SUSTANTIVAS

● En suma, el Seremi Fernández graficó estos beneficios en una mayor cobertura: pasando de 136 a 164 comunas del país donde la ciudadanía contará con servicios de justicia civil en su misma comuna.
● Disminución de tiempos de tramitación del 60% en el caso de los procedimientos ordinarios y de 87% en el caso de los sumarios con el nuevo proceso civil.

● Diseño de la Reforma conlleva aumento considerable de 76% en número de jueces, existiendo al menos dos jueces en cada tribunal con competencia civil del país.
● Nueva línea de atención de público y mediación recibirá al menos 200.000 causas en servicio de mediación judicial en tribunales civiles reformados.
● Disminuyen costos a usuario/a al incorporar procedimientos que facultan comparecencia sin abogado/a, lo que permitirá acceso a más personas para resolver sus conflictos, y se consagran vías remotas para determinadas actuaciones y diligencias (en materia de constitución de patrocinio y poder, notificaciones, remates electrónicos y audiencias).
● Eficacia en el cumplimiento: Se introducen herramientas para el oportuno cumplimiento de sentencias judiciales y que promuevan procesos más transparentes (subasta electrónica).

NOMBRAMIENTO DE JUECES

En cuanto al proyecto que moderniza el Nombramiento de Jueces, señaló que en 2018 el Ministerio de Justicia y DD.HH. inició un trabajo destinado a perfeccionar los sistemas de nombramiento en el ámbito judicial, reforzando los principios de publicidad, transparencia, mérito y debido proceso. Dicha propuesta surgió de una mesa de trabajo interinstitucional que sesionó de octubre a diciembre de 2018.

Esta reforma se orienta a fortalecer la independencia interna de los jueces, cerrando los espacios de discrecionalidad de los superiores jerárquicos, a través de un sistema de selección basado estrictamente en el mérito. Para ello, propone crear la Comisión Nacional de Nombramientos Judiciales, organismo autónomo que dirigirá el procedimiento y resolverá siempre mediante una resolución colegiada y fundada. Así se pone fin a la facultad discrecional y unilateral del Ejecutivo de designar a los jueces y otros funcionarios del Escalafón Primario.
La Comisión Nacional nombrará a Ministros de Cortes de Apelaciones, jueces y fiscales judiciales. En las designaciones de Ministros de Corte Suprema, el mecanismo actual no cambia, pero se incorpora al proceso la realización de concursos públicos en igualdad de condiciones tanto para los cupos destinados a candidatos internos del Poder Judicial como para los externos, y se elimina la integración de la quina por “derecho propio”.
Asimismo, el proyecto elimina la facultad de las Cortes de elaborar las ternas para enviar al Presidente, lo que se sustituye por concursos públicos regulados, con resultados vinculantes.
Integrarán la Comisión Nacional de Nombramiento de Jueces: un miembro designado directamente por el Presidente de la República, que lo preside; dos miembros designados por la Corte Suprema, previo concurso público; y otros dos designados por el Senado, previo concurso público.
El Seremi destacó que éstas son reformas trascendentales al Sistema Judicial: “como tal, conlleva también una reforma constitucional, y otras legales en el nombramiento y cantidad de jueces, además de ir de la mano con una gran Reforma Procesal Civil, la que requerirá mejores herramientas para un nuevo sistema de justicia, menos engorroso, más rápido, ágil y acorde con los nuevos tiempos y tecnologías. A la larga, esto favorecerá y garantizará a toda la ciudadanía el acceso equitativo a una justicia mucho más oportuna y eficaz”.

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