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Reglamentación de grabado de patentes en vidrios de vehículos ¿Hasta cuándo se puede realizar?

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El Gobierno ha liberado el reglamento para el grabado de patentes en vidrios y espejos de vehículos, en cumplimiento de la Ley 21.601, que busca prevenir la venta de autos robados. El artículo 62 de la normativa establece que los vehículos deben tener grabada de forma permanente la placa patente en sus vidrios y espejos laterales.

El reglamento, actualmente en revisión por la Contraloría desde el 8 de marzo, define las fechas límite para realizar el grabado de patentes. Los vehículos nuevos podrán hacerlo a partir del cuarto mes de publicado el decreto en el Diario Oficial. En tanto, los vehículos vendidos antes del 1 de septiembre de 2023 tendrán un plazo de 12 meses desde la publicación del decreto.

Las características del grabado incluyen letras y dígitos de 7 a 10 mm de altura en los vidrios y de 5 a 10 mm en los espejos laterales, en estilo normal y grabado de forma permanente. Se detallan las ubicaciones específicas para realizar el grabado en cada tipo de vidrio, asegurando la visibilidad y la no obstrucción de otros elementos como el Vehicle Identification Number (VIN).

Esta normativa busca fortalecer la seguridad y la trazabilidad de los vehículos, garantizando la identificación clara y permanente de la placa patente en los vidrios y espejos, en beneficio de la prevención del robo de automóviles.

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