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REGLAMENTO DEL CONVENIO DE PROGRAMACIÓN MINVU-GORE FUE DISTRIBUIDO A ENTIDADES PATROCINANTES

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El documento fue enviado a todas las Entidades Patrocinantes activas e inscritas en la Región. Las autoridades de vivienda llamaron nuevamente a evitar desinformar a familias, adultos mayores y personas con discapacidad que viven una urgencia habitacional.

Punta Arenas 16 de enero de 2023. El Reglamento del convenio de programación Minvu – Gore, regirá exclusivamente a proyectos habitacionales sin deuda que postulen a subsidios del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda regido por el Decreto Supremo 49 y aporte del Gobierno Regional. Por tanto, busca transparentar los criterios y procesos que se tendrán en cuenta para otorgar el 27% de complemento regional, que se suma al 73 % de financiamiento sectorial.

Cabe precisar que el reglamento no modifica proyectos habitacionales de agrupaciones de vivienda que ya cuentan con subsidios habitacionales otorgados y aporte Gore comprometido.

Viviendas de calidad para familias de sectores vulnerables, sectores medios y adultos mayores

Tras la aprobación del Reglamento, la comisión abordará como segundo tema de urgencia, el acceso a cofinanciamiento regional por parte de sectores medios y emergentes que postulan a programas habitacionales regidos por el Decreto Supremo 01 y el Decreto Supremo 19 de Integración Social y Territorial. A la fecha se ha avanzado en la identificación de terrenos que serán adquiridos vía convenio y que serán destinados a este grupo de la población. En este sentido, el Plan de Emergencia Habitacional, entrega nuevas herramientas a través del Programa para trabajadores, lo cual se podría usar como modelo por parte del Gore.

Quedó demostrado que el reglamento resguarda el estándar constructivo de las viviendas y barrios planteando el diseño de conjuntos habitacionales de viviendas de dos dormitorios, con un tercer dormitorio proyectado, distribuidos en una superficie estimada de 53mt2. El Programa DS49 establece que los conjuntos habitacionales se diseñan para cada agrupación en específico por tanto si la composición de un núcleo familiar indica la necesidad de contar con un tercer dormitorio, se diseñará una vivienda de esas características.

El ahorro mínimo requerido a las familias para postular a subsidios de viviendas sin deuda a través del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, modalidad colectiva, es de 10 UF.
Llamado a informarse por los canales oficiales

En días previos y posteriores a la aprobación del convenio se ha generado una nueva ola de desinformación dirigida principalmente a adultos mayores y personas con discapacidad, que han llegado a las dependencias de la Seremi de Vivienda y el Serviu regional señalando que algunas fuentes les han asegurado que quedarán fuera del convenio y se verán perjudicados con el reglamento.

Al respecto el Seremi de Vivienda y Urbanismo preciso “Las familias, personas mayores y personas con discapacidad son sujetos de atención prioritaria por parte de nuestro Ministerio. El Reglamento solo viene a ordenar y transparentar los criterios de acceso y procesos, siempre en el marco del Decreto Supremo DS49. Una vez más debemos llamar a quienes no concuerdan con el Reglamento aprobado, a evitar generar angustia en quienes sufren necesidad habitacional, ya que esta es una buena noticia para quienes viven esa situación y se contemplan además excepciones debidamente fundamentadas buscando siempre llegar a quienes han quedado marginados de los programas de vivienda”.

El Reglamento se envió el viernes 13 de enero a todas las Entidades Patrocinantes que actualmente están desarrollando proyectos habitacionales: Salfa Austral, Paz Oyarzún, Ebco, las Entidades Patrocinantes del Serviu en Punta Arenas y en la Provincia de Última Esperanza.
Además, se envió a las Municipalidades que cuentan con Entidades Patrocinantes inscritas.

Comisión de seguimiento del convenio

Cabe recordar que este reglamento se origina en la solicitud de los propios consejeros de evitar que se repitieran las irregularidades que se observaron en el periodo 2019-2021 con agrupaciones regionales conformadas por mayoría de postulantes sin núcleo familiar, contrario a lo que establece el DS49; incorporación de personas en las agrupaciones que abrieron su cuenta de ahorro para la vivienda apenas meses o días antes de ser incorporados a un proyecto en vías de postulación; y denuncias de malas prácticas contrarias a la priorización y reglamentación que establece el Decreto Supremo DS49.

La comisión es integrada por el Gobernador Regional, Jorge Flies Añón; Seremi de Vivienda y Urbanismo, Marco Uribe Saldivia; Directora Regional del Serviu, María Luz Gajardo Salazar; Consejeros regionales que presiden las Comisiones de Presupuesto y Fomento Regional, Patricio Gamín Bustamante( Provincia de Última Esperanza); Infraestructura, Patrimonio y Desarrollo Territorial, Andrés López España (Provincia de Tierra del Fuego); Social y Cultural, Antonio Bradasic Sillard (Provincia de Magallanes); consejero de la provincia no representada en los tres cargos anteriores, Rodolfo Moncada Salazar(Provincia Antártica Chilena); Administrador del Gobierno Regional, Christian García Castillo y la Jefa de la División de Presupuesto e Inversión Regional, Eugenia Mancilla Macías (secretaría ejecutiva).

Las autoridades de vivienda llamaron a las agrupaciones a solicitar información directamente a la Seremi y el Serviu regional, así como a los integrantes de la comisión. “El Reglamento fue aprobado por 8 votos a favor, 5 votos en contra y una inhabilitación. Llamamos a la ciudadanía a conocer el documento y todas las visiones involucradas, en particular la de consejeros de provincias ya que la equidad territorial es uno de los ejes fundamentales de nuestra gestión”, precisó el Seremi Uribe

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